En ocasiones, los acuerdos llevados a cabo en juntas vecinales o de propietarios terminan siendo lesivos para un vecino, varios de ellos o incluso para la comunidad entera. Ya sea por intereses ocultos, malas decisiones o desconocimiento de las verdaderas necesidades de los propietarios, la Ley de propiedad horizontal pone a nuestra disposición una serie de mecanismos para defendernos.

El artículo 18.1 de la LPH regula de manera clara y determina los supuestos en los que se pueden impugnar los acuerdos de una Comunidad de Propietarios.

Saber más

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies