Esta decisión, tomada por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, establece que las comunidades de propietarios pueden vetar la comercialización de pisos turísticos incluso a futuros dueño.

Basta con que tres quintas partes de los vecinos estén de acuerdo en la decisión para hacer efectivo el veto de los pisos turísticos.

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