Esta decisión, tomada por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, establece que las comunidades de propietarios pueden vetar la comercialización de pisos turísticos incluso a futuros dueño.
Basta con que tres quintas partes de los vecinos estén de acuerdo en la decisión para hacer efectivo el veto de los pisos turísticos.