Si queremos realizar obras e instalar un sistema fotovoltaico que afecte a las zonas comunes es necesario que los propietarios de los inmuebles del edificio se pongan de acuerdo. Llevar a cabo esta instalación es legal, pero la comunidad debe votar a favor, según la Ley de Propiedad Horizontal.


Según el artículo 17.1 de la citada ley, la instalación «podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación».

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