Adquirir una casa en una ubicación específica y enfrentarse a una convivencia insoportable provocada por un vecino también propietario puede tener consecuencias legales. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) respalda la posibilidad de expulsar temporalmente del domicilio, por un máximo de tres años, a aquel residente que perturbe constantemente la paz y el bienestar de los demás habitantes del edificio. Esto incluye actividades prohibidas en los estatutos, comportamientos insalubres o la transformación del domicilio en un lugar que perturbe la tranquilidad, como un prostíbulo.

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