En ocasiones y por cuestiones prácticas o de urbanismo, muchos locales se reconvierten a vivienda en los edificios. Esto, que de base es algo inocuo para la comunidad, puede traer cierta problemática consigo.
Por norma general los estatutos de la comunidad no prohíben que un local se reconvierta en vivienda, el problema puede darse cuando las obras necesarias para esa conversión afectan a elementos comunes de todos los vecinos.
El Artículo número 7 de la Ley de Propiedad horizontal establece que mientras que no se altere la seguridad del edificio se puede modificar los elementos de un local, además tampoco se podrá cambiar su estructura general, configuración o estado exteriores, así como cualquier cambio que perjudique a los derechos de otros propietarios.